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Admisión de estudiantes que hayan iniciado estudios universitarios españoles (Traslado al Grado)
(regulado por el RD 1892/2008, arte.56)
Las personas que deseen cambiar de enseñanza o de universidad para cursar estudios universitarios pueden optar a diferentes vías de admisión:
1. Preinscripción universitaria
2. Solicitud de reconocimiento de los créditos superados y, si se le reconocen 30 créditos o más, solo?licitud de plaza al centro y/o preinscripción universitaria
1 - Las personas que hayan iniciado estudios universitarios oficiales y quieran cambiar de enseñanza o de universidad pueden formalizar la preinscripción a la dirección siguiente: https://accesnet.gencat.cat
Para cualquier información o gestión en lo referente a la preinscripción universitaria, os tenéis que dirigir a:
Oficina de Orientación para el Acceso a la Universidad
Plaza del Bonsuccés, 5-6
08001 Barcelona
Tel. (+34) 932 230 323 - 932 232 591
Fax. (+34) 935 527 120 accesnet.cur@gencat.cat
En el caso de obtener plaza en esta Universidad hay que abonar los derechos de traslado de expediente al centro de procedencia y formalizar la matrícula a la secretaría del centro correspondiente en el curso para el cual se ha obtenido plaza. En caso contrario la admisión quedará sin efecto y se devolverá el expediente en el centro de procedencia, hecho que se comunicará a la persona interesada.
El alumnado que obtenga plaza puede solicitar en el centro donde se imparte la enseñanza el reconocimiento de los créditos superados por créditos de la enseñanza en que ha obtenido plaza.
2 - En esta segunda vía de acceso, la persona interesada tiene que realizar dos trámites diferenciados y en cada uno de ellos deben aportar la documentación que es requerida.
a) Se tiene que sollicitar el reconocimiento de créditos al Jefe de estudios de la enseñanza. El plazos de sollicitud del reconocimiento para tener la resolución para poder pedir la plaza por el curso 2012-13 es el 31 de julio de 2012.
Hay que presentar la a solicitud de reconocimiento la Secretaría de Estudiantes y Docencia, acompañada de la documentación siguiente:
En el caso de estudios iniciados a la UB:
En el caso de estudios iniciados en otras universidades:
- Resolución: el jefe de estudios de la enseñanza resolverá la petición de reconocimiento y se notificará al interesado.
b) Si la resolución de esta solicitud reconoce 30 créditos o más del grado al que se quiere acceder, se tiene que pedir la plaza directamente al jefe de estudios del centro mediante una instancia. Los alumnos a los que se les reconozca menos de 30 créditos tendrán que sollicitar la plaza mediante la preinscripción universitaria.
Dado que el hecho de tener 30 créditos reconocidos o más no otorga derecho en plaza, se recomienda a las personas interesadas que también hagan la preinscripción universitaria, puesto que ambdòs procedimientos no son excluyentes entre sí.
En el caso de alumnado procedente otras universidades, la adjudicación de plaza da lugar al traslado deexpediente académico, el cual tendrá que ser tramitado por la universidad de procedencia. Hay que abonar los derechos de traslado de expediente al centro de procedencia y formalizar la matrícula en el curso para el cual se ha obtenido plaza. En caso contrario, la admisión quedará sin efecto y se devolverá el expediente en el centro de procedencia. Por el alumnado procedente de la UB no es necesario el traslado de expediente académico.